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DISCRIMINACIÓN POR RAZON DE SEXO

El exceso de casos adjudicados le impedía tener un horario que le permitiera cuidar de sus hijos menores de edad

Una cosa es que la empresa reconozca la jornada reducida a alguien de su plantilla y otra muy distinta que esa persona pueda disfrutar de la misma de manera efectiva. Eso es lo que le ha ocurrido a una abogada del sindicato Comisiones Obreras (CC.OO.) en Galicia. La letrada, madre de dos hijos, terminó demandando al sindicato porque éste no respetaba la jornada laboral reducida que había pactado con ella. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia le ha terminado dando la razón.

La abogada solicitó la reducción de jornada en enero de 2019 para poder cuidar de sus hijos menores de edad. Llegó a un acuerdo con el sindicato para reducir la jornada, pero el departamento en el que trabajaba la letrada tenía una importante sobrecarga de trabajo. Ya en 2017 denunció ante Recursos Humanos que no podía asumir todo el trabajo que se le adjudicaba, lo que le obligaba a realizar horas extra.

En diciembre de 2017 remitió escrito a la Ejecutiva del Sindicato, a Recursos Humanos, al Comité de Empresa, a la responsable de Servicios Jurídicos del Sindicato y al secretario general de la Unión Comarcal del sindicato. En el mismo informaba de que la baja médica de uno de sus colegas había provocado que ella misma y la graduada social tuvieran que hacerse cargo de un gran número de expedientes, “lo que está generando una situación de riesgo con respecto a los expedientes y a los afiliados, como para la salud de los trabajadores”, según el relato de los hechos incluido en la sentencia. Esto lleva a la abogada a pedir la realización de un estudio de riesgos psicosociales de su puesto de trabajo.

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