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Las conversaciones que mantuvieron las partes van más allá de lo meramente amistoso para contener intimidaciones de índole sexual

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado la firmeza de la sentencia que tildaba de procedente el despido disciplinario de un hombre que, aprovechándose de su situación de jerarquía en la empresa, remitió mensajes vía WhatsApp de índole no laboral a una subordinada y, tras el desinterés de esta última, la aisló del resto de sus compañeros.

El Auto, de 23 de marzo de 2022, valora que la actuación del hombre de aislar a la trabajadora del resto de sus compañeros y de controlarle los tiempos con rigor es una represalia hacia la mujer por esquivar su atención.

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