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Nos parece muy interesante el siguiente comentario elaborado en el LARPSICO y por ello de recomendable lectura, porque trata, entre otras cosas, de la evaluación de riesgos psicosociales de UNICAJA y de si hay o no deber de negociación. Entiende la Audiencia Nacional que es pura consulta y de ahí que asuma las prácticas restrictivas y dilatorias. Veremos qué dice el TS.

  • A diferencia del caso CAIXABANK, que conllevó el reproche del TS a la entidad por la inadecuada evaluación de riesgos psicosociales laborales, UNICAJA sí habría actuado correctamente al respecto, según la Audiencia Nacional (AN).
  • Para la AN no existe un deber de negociar colectivamente el proceso de evaluación de riesgos psicosociales, solo consulta.

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