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La protección contra la discriminación por razón de sexo alcanza a la trabajadora que es despedida por el hecho de contar a una candidata a un puesto que no ha sido seleccionada por estar embarazada. El art. 24 de la Directiva 2006/54 protege a los trabajadores, distintos de la persona que ha sido discriminada por razón de sexo, del perjuicio causado por el empresario por el apoyo prestado, de manera formal o informal, a la persona que ha sido discriminada.

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