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En el BOE de 16/6/2022 ha salido publicado el Instrumento de adhesión al Convenio de OIT  sobre la eliminación de la violencia y el acoso en el mundo del trabajo, hecho en Ginebra el 21 de junio de 2019(Convenio 190). Para España entrará en vigor el 25 de mayo de 2023. La importancia de esta noticia es enorme: hay que regular el acoso y la violencia. Y los estándares nuevos de ambos conceptos van a ser mucho bajos que los actuales, con las consecuencias que ello tiene tanto para la prevención como para la responsabilidad por su falta. Recordemos simplemente la definición (artículo 1):

  1. A efectos del presente Convenio:

a) la expresión «violencia y acoso» en el mundo del trabajo designa un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, ya sea que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, que tengan por objeto, que causen o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género, y

b) la expresión «violencia y acoso por razón de género» designa la violencia y el acoso que van dirigidos contra las personas por razón de su sexo o género, o que afectan de manera desproporcionada a personas de un sexo o género determinado, e incluye el acoso sexual.

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