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Los supuestos de acoso laboral son los más difíciles de aclarar. Una prueba de ello es la dificultad que se ha tenido para dirimir quién era la jurisdicción competente.

El asunto tiene que ver con un supuesto acoso laboral sufrido por parte de un alto funcionario de la Agencia Tributaria, perteneciente al Cuerpo Superior de Actuarios, Economistas y Estadísticas de la Seguridad Social, a manos de su superior jerárquico. Ocurrió durante los tres últimos años. Se le retiró a un despacho individual y le fue eliminada de su retribución una prima que venía cobrando regularmente.

Fue abordado por la Sala de Conflictos de Jurisdicción del Tribunal Supremo del pasado 4 de julio. La ponente fue la magistrada de la Sala de lo Social, Concepción Ureste en un tribunal que estuvo integrado por Carlos Lesmes, como presidente, y José Antonio Montero, magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Fue suscitado por la Sección 7 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), por una parte, y el Juzgado de lo Social 1 de Madrid, por otra.

La Sala resolvió dando la competencia a la jurisdicción social.

En el auto se argumenta que “la entrada en vigor de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social 36/2011, de 10 de octubre, permite a los funcionarios públicos litigar en el orden social, reclamando de la Administracion empleadora el cumplimiento de sus obligaciones en materia de prevención de riesgo laboral, así como la responsabilidad derivada de los daños sufridos como consecuencia de la normativa reguladora en la materia”.

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